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¿Cómo patrón puedo disfrutar de los servicios del IMSS?

¿Cómo patrón puedo disfrutar de los servicios del IMSS?

Una de las preocupaciones de todos los emprendedores es como le harán para que él y su familia tenga la protección de la seguridad social que ofrecen instituciones como el IMSS, ya que es muy costoso pagar una prima de seguros particular y en ocasiones es incosteable al inicio de un proyecto nuevo como emprendedor. Por eso quiero ayudarte a resolver esta preocupación.

Si eres una Persona Física y tienes por lo menos 1 trabajador asegurado a tu servicio puedes afiliarte al IMSS para recibir los beneficios que otorga el instituto, como: asistencia médica familiar, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como las pensiones de invalidez y/o de viudez, retiro y vejez, orfandad y ascendencia.

¿Qué tengo que hacer para registrarme?

Presentarás una solicitud al IMSS en la cual manifestarás que tienes al menos 1 trabajador asegurado a tu servicio y; que deseas incorporarte en forma voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social.
Este trámite lo podrás hacer personalmente en las ventanilla de la subdelegación que te corresponde o en tu Unidad Médica Familiar, o a través de Internet en el escritorio virtual del IMSS si tienes la e-firma (antes FIEL) .
En caso de ser aceptada tu solicitud, deberás hacer un pago anual adelantado, aunque en algunos casos se autorizará el pago en una periodicidad distinta, previa solicitud del patrón.

Vigencia

La cobertura de esta incorporación voluntaria es de 1 año, iniciando los servicios médicos del IMSS para ti como patrón y tus beneficiarios, a partir del primer día del mes siguiente al de su ingreso al seguro social y, podrás renovar tu incorporación, dentro de los treinta días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo.

Toma en cuenta que:

No podrás solicitar la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, si presentas:
Alguna enfermedad preexistente, tales como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras, y enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH).

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Incapacidad especial por COVID-19 ¡En línea!

Incapacidad especial por COVID-19 ¡En línea!

Uno de los beneficios que otorga el IMSS generado de la pandemia que vivimos en México y el mundo es, que todo aquel trabajador que crea tener síntomas causados por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), podrá solicitar al instituto el permiso / incapacidad  especial por COVID-19.

El permiso se otorga en una sola ocasión hasta por 14 días dependiendo la sintomatología y se podrá obtener desde el hogar del trabajador a través del portal de internet del instituto sin necesidad de que acuda a la Unidad de Medicina Familiar, únicamente bastará con completar un cuestionario de tamizaje desde la plataforma digital para conocer si procede o no el permiso especial.

Para el llenado de la solicitud es importante tener a la mano los siguientes requisitos:

• CURP

• Número de seguridad social

• Correo electrónico

• Teléfono

• Cuenta CLABE interbancaria a tu nombre

Es importante señalar que este cuestionario no sustituye a una prueba de laboratorio clínico que identifica casos asintomáticos; es únicamente informativo y no representa un diagnóstico médico, por lo que es ideal no hacer mal uso de esta facilidad y continuar con las medidas de seguridad y sana distancia.

Si al término de la incapacidad continuas con sintomatología deberás de acudir a tu clínica u hospital más cercano para que te extienda un médico otra incapacidad.

 

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